La documentación que debes empezar a preparar hoy para tu regularización extraordinaria

Publicado el 17 de abril 2026

Con el plazo ya abierto y cerrándose el 30 de junio de 2026, el mejor uso del tiempo que queda es reunir la documentación. Cuanto antes se empiece, menos prisa y menos errores.

Esta es la lista que pedimos a nuestros clientes para abordar cualquier expediente del RD 316/2026.

Bloque 1 · Identidad

  • Pasaporte en vigor (o, en su defecto, documento oficial reconocido por España).
  • Si ha habido cambios de nombre o estado civil, certificados apostillados o legalizados.

Bloque 2 · Permanencia en España

Hay que acreditar:

  • Que se estaba en España antes del 31 de diciembre de 2025.
  • Y que la permanencia es continuada los últimos 5 meses (salvo EX-31).

Sirve (y cuantas más fuentes, mejor):

  • Volante/certificado de empadronamiento, histórico si es posible.
  • Informes médicos o tarjeta sanitaria con registros de visitas.
  • Matrículas escolares de hijos o propias.
  • Justificantes de envíos de dinero, recibos de alquiler, facturas a su nombre.
  • Contratos laborales, nóminas o vida laboral.

Bloque 3 · Antecedentes penales

  • Certificado de antecedentes penales en España (se solicita gratis a través de la sede del Ministerio de Justicia).
  • Antecedentes penales del país de origen, apostillados o legalizados según el convenio.
  • Si no puede conseguirlos: prueba de haberlos solicitado (resguardo consular, acuse de recibo).

Bloque 4 · Supuesto EX-32

Si su vía es EX-32 y no EX-31, además necesita documentar el supuesto:

Supuesto laboral

  • Informe de vida laboral completo.
  • Contratos anteriores, nóminas o recibos.
  • Altas/bajas en Seguridad Social.
  • Si tiene oferta actual: contrato firmado por el empleador.

Supuesto familiar

  • Libro de familia o certificado de matrimonio.
  • Certificados de nacimiento de hijos.
  • Empadronamiento conjunto con el familiar vinculante.
  • Documento acreditativo de la residencia legal del familiar (si procede).

Supuesto de vulnerabilidad

  • Informe de servicios sociales del ayuntamiento.
  • Informes médicos si hay problemas de salud relevantes.
  • Resoluciones de ONG u organismos especializados (Cruz Roja, Cáritas, CEAR, etc.).

Bloque 5 · Pago de la tasa

La solicitud requiere el pago de la tasa administrativa (38,28 €) mediante el modelo 790. Esta tasa la abona directamente el cliente, no está incluida en nuestros honorarios. Nuestros honorarios por la gestión profesional son 370 € (IVA incluido), sin cargos adicionales, e incluyen la presentación del expediente desde la plataforma telemática especial para Abogados, la vía profesional con certificado digital de abogado colegiado.

Un último consejo

Escanee toda la documentación en PDF legible y a color, nombre los archivos con criterio (p. ej. pasaporte.pdf, padron-2024.pdf) y guarde una copia. Facilita la revisión y evita requerimientos de subsanación por archivos ilegibles.

¿Quiere que revisemos su documentación sin compromiso? Contáctenos y le indicamos qué falta y qué se puede mejorar antes de presentar.

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