Términos y condiciones
Última actualización: 11 de septiembre 2026
1. Objeto
Estas condiciones regulan la contratación online del servicio de gestión integral de la regularización extraordinaria prestado por Peralta Rojas Abogados.
2. Honorarios
Los honorarios profesionales del servicio son 370 € IVA incluido por expediente (305,79 € de honorarios + 64,21 € de IVA al 21 %). La tasa administrativa oficial (38,28 €, modelo 790) y otros gastos accesorios (traducciones juradas, compulsas, legalizaciones, etc.) no están incluidos y los abona directamente el cliente.
3. Forma de pago
Tarjeta bancaria (Stripe), transferencia, Bizum, Western Union o giro postal. Los pagos no telemáticos requieren verificación manual antes de iniciar la tramitación.
4. Política de reembolso
El cliente puede desistir del servicio y solicitar el reembolso de los honorarios abonados en cualquier momento anterior a la presentación del expediente ante la Administración. En tal caso se reintegra el importe íntegro, descontando únicamente los gastos o suplidos acreditadamente incurridos (traducciones juradas, compulsas, legalizaciones, correos, etc.) que no sean recuperables.
Una vez presentada la solicitud ante la Administración, el servicio no es reembolsable, aunque el cliente decida no continuar con el trámite: en ese momento la prestación profesional principal (análisis, preparación documental y presentación telemática desde la plataforma especial para Abogados) ya ha sido ejecutada. Todo ello sin perjuicio de la normativa de consumo aplicable y de los supuestos específicos de reembolso contemplados en la hoja de encargo.
5. Obligaciones del cliente
El cliente se compromete a aportar información veraz, completa y actualizada, así como la documentación requerida en los plazos que se le indiquen.
6. Hoja de Encargo y formalización del contrato
La contratación del servicio implica la aceptación expresa de la Hoja de Encargo Profesional (descargar PDF) mediante el casillero habilitado en el proceso de compra, junto con el pago de los honorarios. Dicha aceptación equivale a la firma manuscrita conforme al art. 23 de la Ley 34/2002 de servicios de la sociedad de la información. El sistema conserva evidencia técnica del acto (fecha, hora, IP y huella SHA-256 de los documentos aceptados).
Al aceptar el encargo, el cliente solicita el inicio inmediato de la prestación, debido a los plazos administrativos breves del RD 316/2026. El cliente conserva su derecho a desistir del encargo en cualquier momento antes de la presentación del expediente ante la Administración, abonando únicamente los honorarios correspondientes al trabajo efectivamente realizado hasta esa fecha. Una vez presentado el expediente, el servicio se considera ejecutado y no procederá devolución de los honorarios (art. 103.a TR-LGDCU).
7. Legislación y jurisdicción
Legislación española. Fueros de consumo aplicables sin perjuicio del domicilio profesional en Sevilla.