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Immigration
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by Peralta Rojas Abogados

NIE y TIE: qué es cada uno, cómo se piden y qué podemos hacer por usted

El NIE es un número; la TIE es una tarjeta. Muchas personas los confunden y pierden citas o plazos por ello. Le explicamos cuál necesita, preparamos la solicitud y gestionamos la cita; usted solo acude cuando la ley exige que vaya en persona.

En resumen

03.10.2026
Honorarios
Desde 300 € + IVA. Presupuesto cerrado por escrito tras revisar su caso; tasas, traducciones y apostillas aparte.
NIE
Número de identificación; formulario EX-15
TIE
Tarjeta física; formulario EX-17 y huellas
Plazo para la TIE
1 mes desde la entrada o la concesión
Ciudadanos UE
Certificado de registro, formulario EX-18
Tasa
Modelo 790, código 012

01¿Qué es y a quién va dirigido?

El Número de Identidad de Extranjero (NIE) es un número personal y único que identifica a la persona extranjera ante cualquier Administración española. No es un permiso de residencia ni autoriza a vivir o trabajar en España. Lo necesita quien compra una vivienda, acepta una herencia, abre una cuenta, firma ante notario, paga impuestos o tiene cualquier interés económico, profesional o social en España, aunque viva fuera.

La Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) es el documento físico, con foto y huella, que acredita que usted reside legalmente en España. La obtiene quien tiene un visado o una autorización para estar más de seis meses. Su número es el mismo NIE. Los ciudadanos de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y de Suiza no tienen TIE: se inscriben en el Registro Central de Extranjeros y reciben el certificado de registro, el conocido certificado verde.

En la mayoría de los casos el NIE se asigna de oficio al tramitar un visado o una autorización. Hay que pedirlo aparte cuando no hay ningún procedimiento de residencia en marcha: el comprador extranjero que no vive en España, el heredero, el inversor o el profesional que factura a clientes españoles.

02Requisitos

0 / 6 cumplidos

Marque lo que ya tiene. Las marcas se guardan solo en este dispositivo; no nos llega nada.

03Documentación

0 / 7 preparados

Marque lo que ya tiene. Las marcas se guardan solo en este dispositivo; no nos llega nada.

04Cómo lo tramitamos online

  1. Diagnóstico

    Comprobamos qué documento necesita de verdad: si solo le hace falta un NIE para firmar una compraventa, si debe pedir la TIE tras una autorización o si, como ciudadano europeo, le corresponde el certificado de registro.

  2. Poder y documentación

    Si va a actuar por medio de representante, le indicamos qué poder otorgar y ante quién, también desde su país. Revisamos pasaporte, justificantes del motivo y traducciones.

  3. Formularios y tasa

    Rellenamos el EX-15, EX-17 o EX-18 y le preparamos el impreso de la tasa 790 código 012 con la casilla correcta, que es un error frecuente.

  4. Cita previa

    Gestionamos la cita en la comisaría o en la Oficina de Extranjería de su provincia, o le indicamos el consulado que corresponde si está fuera de España.

  5. Presentación

    Para el NIE, presentamos la solicitud como representantes cuando la oficina lo admite. Para la TIE, le acompañamos con todo preparado para que la cita de huellas sea un trámite corto.

  6. Recogida y comprobación

    Le avisamos de cuándo recoger la tarjeta y revisamos que los datos sean correctos. Si hay error, pedimos la rectificación.

05Plazos y duración

La solicitud de NIE debe resolverse en un plazo máximo de cinco días desde que entra en el registro. Si no hay respuesta, se entiende denegada, lo que permite recurrir. En la práctica, cuando la cita es en comisaría, el certificado suele entregarse en el mismo acto o en pocos días; en consulado tarda más porque se tramita con la Comisaría General.

La TIE debe pedirse en el mes siguiente a la entrada en España con visado, o a la concesión o entrada en vigor de la autorización. Su vigencia es la misma que la de la autorización que la justifica. Cuando se renueva la autorización o cambia su situación legal, se expide una tarjeta nueva. Si la pierde o se la roban, se pide un duplicado, que dura lo que le quedaba a la anterior.

El certificado de registro UE debe pedirse en los tres meses siguientes a la entrada en España y se expide en el acto, si la documentación es correcta.

06¿Tengo que ir en persona a algún sitio?

La TIE exige comparecencia personal: la toma de huellas en la comisaría es obligatoria y no puede hacerla un representante, y la tarjeta también la recoge el titular. El certificado de registro UE se pide personalmente según el Real Decreto 240/2007. El NIE puede pedirse por representante con poder suficiente o en un consulado español si usted está fuera; aun así, algunas comisarías exigen en la práctica la presencia del interesado. Nosotros preparamos todo para que vaya una sola vez y con la documentación completa.

07Errores frecuentes y motivos de denegación

  • Pedir un NIE cuando lo que corresponde es la TIE, o al revés, y perder la cita.
  • Dejar pasar el mes para pedir la TIE: el incumplimiento puede sancionarse según la Ley Orgánica 4/2000.
  • Pagar la tasa 790 código 012 marcando una casilla que no corresponde al trámite: obliga a pagar de nuevo.
  • Presentar un poder genérico o sin apostilla ni traducción cuando se otorgó fuera de España.
  • No acreditar el motivo concreto del NIE: la solicitud debe explicar el interés económico, profesional o social.
  • Acudir con el pasaporte caducado o sin copia de la solicitud de renovación.

08Preguntas frecuentes

¿El NIE me permite vivir o trabajar en España?

No. El NIE es solo un número de identificación. Para residir o trabajar necesita un visado o una autorización, y después la TIE. Muchas personas tienen NIE y viven fuera de España sin ningún problema.

Voy a comprar una casa en España pero vivo fuera. ¿Necesito viajar para el NIE?

No necesariamente. Puede pedirlo en el consulado español de su lugar de residencia o, en España, por medio de un representante con poder suficiente. Le orientamos sobre qué opción es más rápida en su caso, porque los tiempos de los consulados y de las comisarías varían mucho.

¿Necesito NIE para aceptar una herencia en España?

Sí. El notario y Hacienda exigen el NIE a los herederos extranjeros para la escritura de aceptación y para el impuesto de sucesiones. Se pide alegando ese interés económico y aportando la documentación de la herencia.

¿Cuál es la diferencia entre el certificado verde y la TIE?

El certificado verde es el certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea. La TIE es la tarjeta de los nacionales de terceros países. Los británicos residentes antes de 2021 pueden cambiar el certificado verde por una TIE especial del Acuerdo de Retirada; lo explicamos en una página propia.

¿Puede alguien ir por mí a poner las huellas?

No. La toma de huellas para la TIE es personal en todos los casos. Lo que sí podemos hacer es pedir la cita, preparar el formulario y la tasa, y revisar con usted la documentación para que no tenga que volver.

Me han robado la TIE. ¿Qué hago?

Denuncie el robo en la policía y pida un duplicado con el formulario EX-17. La nueva tarjeta tiene la vigencia que le quedaba a la anterior. Si el robo coincide con el plazo de renovación de la autorización, ambos trámites se tramitan juntos.

¿El NIE caduca?

El número es personal y le acompaña siempre, aunque cambie de documento. Lo que puede quedarse desfasado es el certificado en papel: algunas entidades piden uno reciente. Le indicamos en cada caso si conviene pedir un certificado actualizado.

¿Cuánto tarda el NIE?

El Reglamento fija un plazo máximo de cinco días desde que la solicitud entra en el registro; si no hay respuesta en ese plazo, se entiende denegada y puede recurrirse. Cuando se pide en comisaría, el certificado suele entregarse en el mismo acto o en pocos días. Si lo pide en un consulado tarda más, porque la solicitud se remite a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras. Si tiene una fecha de firma ante notario, le recomendamos pedir la cita con margen, porque la disponibilidad varía según la provincia.

¿Qué llevo a la toma de huellas?

El formulario EX-17 firmado, original y copia, el pasaporte completo en vigor con su copia, una fotografía reciente en color tipo carné y el justificante de pago de la tasa modelo 790 código 012. Además, la resolución que le concede la autorización o el visado con el que entró y, si su autorización le permite trabajar, el alta en la Seguridad Social. Lleve también el justificante de la cita. Antes de ir revisamos con usted la documentación para que no tenga que volver.

¿Cuánto cuesta la TIE (tasa 790-012)?

Depende del tipo de tarjeta. Según el impreso oficial de la tasa 790 código 012 de la Policía Nacional, consultado en octubre de 2026, la TIE de la primera concesión de residencia temporal o de estancia cuesta 16,08 €, la de renovación 19,30 € y la de larga duración 21,87 €; la TIE de familiar de ciudadano de la UE, el certificado de registro UE y la TIE del Acuerdo de Retirada cuestan 12 €, y la asignación de NIE, 9,84 €. Se paga en bancos o cajas, sin necesidad de tener cuenta abierta, en efectivo o con cargo en cuenta. Marque la casilla que corresponde a su trámite, porque un pago en la casilla equivocada no le sirve.

09Normativa aplicable

  • Real Decreto 1155/2024, artículo 205 (número de identidad de extranjero)
  • Real Decreto 1155/2024, artículos 206 a 209 (documentos acreditativos y tarjeta de identidad de extranjero)
  • Ley Orgánica 4/2000, artículo 4 (derecho y deber de documentación)
  • Real Decreto 240/2007, artículo 7 (certificado de registro de ciudadanos de la UE)

Información revisada el 03.10.2026 conforme a la normativa vigente. Esta página es informativa y no sustituye al estudio de su caso concreto.